Comunicado del juez

‘Caso Juana Rivas’: el juez dice que hay «riesgo de que el niño vuelva a tener contacto con el abusador»

Juana Rivas
El juez Piñar y Juana Rivas en un montaje gráfico.
Luis Miguel Montero

El juez Manuel Piñar, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Granada que instruyó el caso de Juana Rivas, relativo a la sustracción de sus hijos menores de edad de los menores, ha elaborado un comunicado que ha hecho llegar a OKDIARIO en relación con los ataques sufridos en los últimos días tras negar la puesta en libertad de la conocida como madre de Maracena por el riesgo que podrían sufrir los menores a su cargo. El juez justifica de nuevo su auto de denegación de libertad en que existe «grave riesgo de que (el niño) vuelva a tener contacto con el abusador».

«Vaya de entrada, a modo de exordio, que no es mi voluntad censurar a nadie, ni siquiera combatir la libertad de criterio; pero sí quiero hacerles llegar una serie de datos, para que, en lo sucesivo, cualquier cuestión relacionada con lo que me voy a referir, sea tratada con el rigor que merece, acorde con  su gravedad», explica el juez granadino.

Luego relata el problema que suscitó su auto para denegar la puesta en libertad de Juana Rivas, en el que argumentaba los presuntos abusos a los que fue sometido unos de los hijos de Rivas: «Es cierto que el informe sobre los presuntos abusos al menor se emite en un expediente sobre indulto que el Ministerio de Justicia no debió remitir al Juzgado Penal. Este expediente lo pone en trámite el Ministerio de Justicia antes de que hubiera resolución declarando firme la sentencia, que es un requisito ineludible para pedir indulto. A pesar de ello, por el Ministerio de Justicia se admite una petición de indulto sin esperar a esta Resolución de firmeza y el Ministerio da trámite a la petición y además lo remite al Juzgado Penal para que cumplimente las actuaciones que corresponden al último órgano sentenciador, incluido el preceptivo informe, cuando ya era público y notorio que la última sentencia fue emitida por la Audiencia y, por tanto, debería ser esta la que lo tramitase e informase. Se ignora el motivo de iniciar un expediente de indulto sin declaración de firmeza de sentencia firme, si fue error del Ministerio o de avanzar en el trámite de la petición».

El juez Piñar también muestra su extrañeza de  que «haya una petición de  indulto admitida por el Ministerio y en marcha sin haber aún sentencia firme, pero en tema de indultos se han observado otras anomalías, como reabrir un expediente de indulto denegado, por supuestos defectos de tramitación para concederlo en una segunda Resolución. El juzgado deja en suspenso la tramitación que le compete y cuando hay sentencia firme, se constata que hay una segunda petición de indulto, pero el Ministerio de Justicia no dice si la petición primera que fue paralizada, o  se ha acumulado a la segunda, ni manifiesta que se ha equivocado y reclama el expediente, o si hay uno o dos expedientes o se  ha dejado archivado el que se inició primero con la petición efectuada cuando la  sentencia no era  firme y remitido al juzgado penal. Es por ello que el juzgado decide cumplimentar los trámites que le competen en toda petición de indulto, incluido el preceptivo informe del juzgado al que se le pide la tramitación, puesto que el Juzgado Penal no es competente para decretar el archivo de un expediente de indulto, puesto que eso compete al ministerio».

El comunicado quiere aclarar que el juzgado, por tanto, no inicia ningún expediente, porque no puede. «Es el ministerio el que lo remite, no se sabe si por error u otro motivo y al remitirlo, el juzgado debe tramitarlo e informarlo en los aspectos que le corresponden», añade.

El juez del caso Juana Rivas aclara que según acoge el informe el menor dijo: «alguien me ha hecho daño en el…» y omito aquí esta última palabra, añadiendo la localización expresa del pasaje en la causa. Es la única referencia directa a lo manifestado por el menor, ya que no consta que fuera explorado,  y por ello se consideró especialmente importante».

El juez Piñar también añade que «aparte de esto, hay más datos que van en la misma dirección que  otras instancias ya han valorado lo mismo, como bien se sabe, pero me voy a centrar sólo en este para  no hacer muy tediosa mi apreciación. Antes que yo, valoró otra compañera y valoró la misma Audiencia que ahora va a resolver el recurso» y se muestra claro al afirmar que «para mí esa manifestación del  niño, tiene credibilidad. Quienes rebatan esto,  no me rebate a mí, ni atacando mi credibilidad, pues en realidad a quién quieren callar es al menor  y están rebatiendo y restando credibilidad a un niño que ene abril de 2017 dijo alguien me ha hecho daño en el… y la del forense que dijo no es descartable que eso sea resultado de…».

«Yo me permití enviar al Ministerio de Justicia la información de que disponía (…). Era un hecho que obraba en la causa desde principio, y se mantuvo silenciado por respeto  a la intimidad del menor. Solo se usó en el momento en que se vio que la integridad de este podía estar en peligro por la vuelta al lugar donde pudiera estar el presunto  autor. No ha sido por tanto este Juzgado el que lo ha dado a conocer públicamente», añade Piñar.

Por tanto, justifica el auto para denegar la puesta en libertad de Juana Rivas en las circunstancias y «por la función valorativa, que no es criterio personal ni decisión personal, ni voluntad personal, sino una función  legal atribuida por el Código Penal, porque usa la expresión ‘el juez valorará’; de modo que si para alguien, las valoraciones son personales, ningún Juez podrá valorar pruebas ni nada, porque siempre valorar supone una labor personal. Y es por esa función valorativa como  se llega a la conclusión de que si el menor vuelve al entorno de la madre,  puede, con mucha probabilidad, entrar en contacto con el presunto abusador,  porque como es sabido por los que han investigado y Juzgado estos casos, lo digo por una experiencia de 36 años, los abusos a niños tan pequeños tienen lugar por personas allegadas al círculo familiar,  y,  ojo no digo familiares, pueden ser familiares,  amigos,  vecinos o gente que tenga esa facilidad de acceso al menor».

El juez Piñar es claro en sus apreciaciones y usa la lógica para afirmar que «entonces introducir al niño en el lugar donde pudo ser presuntamente abusado, puede suponer el grave riesgo de que vuelva a tener contacto con el abusador» y se pregunta «creo que cualquier persona sensata respondería igual a la siguiente cuestión: ¿dejaría usted que su hijo volviera con el progenitor que se halla en el mismo lugar y ambiente dónde, según el niño,  alguien le hizo daño en el… y donde  puede estar el señor X, que es alguien que le hizo daño en el…? ¿Lo  ve usted de sentido común? ¿Hay peligro de que ese menor pueda entrar en contacto con el señor X? Yo no he visto la forma de evitarlo cuando se desconoce la identidad del presunto autor».

El juez delcaso Juana Rivas también aprovecha para dejar algunas cuestiones claras y rechaza los ataques recibidos en algunos medios: «Nadie piense, piensa que con esto quiebran mi ánimo y han conseguido apabullarme, pues ya les anticipo qué han llegado al absoluto fracaso. Hoy por hoy soy una persona tremendamente satisfecha y me siento infinitamente halagado de que determinadas personas me estén sometiendo a escarnio público aún a costa de manipular publicaciones y hacer fotomontajes con mis datos. Me preocuparía seriamente y estaría muy afectado anímicamente sí, en estas circunstancias, hubiera sido objeto de sus alabanzas o sus prebendas  o medallas, que  nunca  aceptaría,  porque las condecoraciones y hasta los nombramientos para altos cargos, valen lo que vale el que los concede»

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